La Justicia ordena a Unión Personal garantizar el 100% de cobertura en insulina y medicación ante fallas en la red de farmacias

El Juzgado Civil y Comercial Federal N° 4 resolvió a favor de un afiliado de 73 años con diabetes e incapacidad motriz. La obra social deberá asegurar la entrega inmediata de insulinas, metformina y tiras reactivas, tras acreditarse que las farmacias suspendieron el servicio por falta de pago de la entidad.

Persona mayor gestionando su medicación para la diabetes de forma segura

En un fallo que refuerza la protección de los pacientes con enfermedades crónicas, el Juzgado Civil y Comercial Federal N° 4 hizo lugar a la acción de amparo presentada por el Sr. D. J. F. D. La sentencia obliga a la Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación (Unión Personal) a brindar cobertura total e integral de la medicación e insumos necesarios para el tratamiento de su diabetes tipo insulino-requiriente.

Interrupción del tratamiento y barreras en el acceso

El amparista, un hombre de 73 años con antecedentes de infarto de miocardio y secuelas de un ACV isquémico (hemiparesia derecha), cuenta con Certificado Único de Discapacidad (CUD). Debido a su cuadro de diabetes, requiere un estricto esquema que incluye Insulina NPH, Insulina Aspártica, Metformina y Dapagliflozina, además de tiras reactivas y agujas.

La situación crítica se desencadenó cuando la red de farmacias adheridas en su zona de residencia (Hudson y Berazategui) comenzó a denegar la entrega de los medicamentos. Según los reclamos presentados, las farmacias informaron que el servicio para afiliados de Unión Personal se encontraba suspendido por falta de pago de la obra social. Ante la falta de respuesta a las cartas documento y la imposibilidad de acceder a su tratamiento vital, el afiliado debió recurrir a la justicia federal.

Fundamentos del fallo: El deber de continuidad en la salud

El Juez José Luis Cassinerio analizó la conducta de la demandada, quien alegó que nunca existió una negativa y que el afiliado no había completado trámites administrativos de empadronamiento. Sin embargo, el magistrado consideró que las pruebas aportadas por el paciente demostraban claramente las dificultades para retirar la medicación en farmacias cercanas y las demoras de hasta 20 días en la entrega.

El fallo subraya que:

  • La diabetes es una enfermedad que requiere atención integral y permanente (Ley 23.753 y su modificatoria Ley 26.914).
  • La condición de discapacidad del actor impone una tutela preferente bajo la Ley 24.901.
  • Los inconvenientes contractuales entre la obra social y las farmacias (falta de pago o reducción de cartilla) no pueden ser trasladados al afiliado, interrumpiendo su derecho a la salud.

El magistrado interpretó la postura final de la obra social —que terminó autorizando la medicación durante el proceso— como un allanamiento a la pretensión, validando el reclamo del paciente.

Detalle de la cobertura ordenada

La resolución judicial establece que Unión Personal debe otorgar el 100% de cobertura para las siguientes prestaciones, contra la sola presentación de las recetas médicas:

  • Insulina Humana Isófana NPH y Insulina Aspártica.
  • Metformina 1000 mg y Dapagliflozina 10 mg.
  • Tiras reactivas Accu-check Guide (50 al mes).
  • Agujas Novofine y dispositivo para aplicación de insulina.

Finalmente, se impusieron las costas del proceso a Unión Personal, fundamentando que fue la conducta de la obra social la que obligó al afiliado a iniciar una demanda judicial para garantizar su supervivencia y bienestar.

Preguntas Frecuentes sobre cobertura de Diabetes y Amparos

¿Cuál es la cobertura obligatoria para diabetes en Argentina?

Según la Ley Nacional de Diabetes (Ley 23.753 y Ley 26.914), las obras sociales y prepagas deben cubrir el 100% de los medicamentos (insulinas, antidiabéticos orales) y reactivos para autocontrol (tiras reactivas, lancetas) en las cantidades prescritas por el médico tratante, sin límites que afecten la salud del paciente.

¿Qué puedo hacer si la farmacia dice que mi obra social no paga y no me entregan la insulina?

Los conflictos financieros entre la obra social y su red de farmacias no son oponibles al afiliado. Si se le niega la medicación, debe intimar a la obra social mediante carta documento de forma urgente. Si la falta de respuesta persiste, se puede iniciar una acción de amparo con medida cautelar para restablecer el servicio de inmediato.

¿El Certificado de Discapacidad (CUD) amplía la protección en casos de diabetes?

Sí. Cuando un paciente con diabetes posee CUD (por ejemplo, debido a complicaciones derivadas o comorbilidades), se suma la protección de la Ley 24.901, que garantiza prestaciones básicas integrales al 100%. Esto otorga una mayor solidez jurídica al reclamo por cualquier insumo o tratamiento médico-asistencial.

¿Es necesario un abogado para reclamar por medicación denegada?

Para la vía administrativa inicial no es obligatorio, pero si la obra social mantiene la negativa o hay riesgo de vida por falta de medicación, la intervención de un abogado especializado en salud es fundamental para interponer un recurso de amparo y obtener una orden judicial rápida.