OSDE debe cubrir al 100% un medicamento clave para tumor neuroendocrino

El Juzgado Civil y Comercial Federal N° 1 dictó una medida cautelar que exige a OSDE la cobertura total (100%) del medicamento Lutecio DOTA TATE para un paciente con tumor neuroendocrino y compromiso hepático, priorizando la urgencia médica y la aprobación de ANMAT.

Representación de un paciente recibiendo un tratamiento médico avanzado con un profesional de la salud, simbolizando esperanza y cuidado

En un fallo que sienta un importante precedente en la protección del derecho a la salud, el Juzgado Civil y Comercial Federal N° 1 hizo lugar a una acción de amparo presentada por el Sr. S.N., un paciente que padece un grave tumor neuroendocrino. La resolución judicial obliga a la prestadora de salud OSDE a brindar la cobertura total e integral (100%) del medicamento Lutecio DOTA TATE, esencial para el tratamiento de su patología.

La urgente necesidad de medicación y la negativa de OSDE

El Sr. S.N. fue diagnosticado con un tumor neuroendocrino bien diferenciado, grado 2, con un índice de proliferación Ki 67 del 16%, de origen gastrointestinal y con compromiso hepático. Ante la gravedad de su cuadro, su médico tratante prescribió el medicamento Lutecio DOTA TATE, considerándolo la terapia adecuada y de inicio urgente.

A pesar de la indicación médica, OSDE se negó a otorgar la cobertura solicitada. Si bien ofreció una medicación alternativa, el Cabozantinib, el Cuerpo Médico Forense dictaminó que este medicamento no cuenta con autorización de la ANMAT para la indicación específica que presenta el amparista. Esta circunstancia, sumada al delicado estado de salud del paciente, motivó la interposición de la acción de amparo de salud.

Los sólidos fundamentos de la decisión judicial

La Jueza Silvina Andrea Bracamonte, a cargo del Juzgado Civil y Comercial Federal N° 1, basó su decisión en la primacía del derecho a la salud, un derecho fundamental con jerarquía constitucional (Art. 42 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional) y avalado por tratados internacionales de derechos humanos. El fallo destacó la necesidad de una protección judicial rápida y eficaz ante el riesgo de compromiso de la salud y la integridad física del actor.

El juzgado aplicó un criterio amplio en materia de medidas cautelares en el ámbito de la salud, considerando que es preferible un exceso en su admisión que una negación que ponga en riesgo la vida del paciente. Se hizo hincapié en la verosimilitud del derecho del amparista, dada la prescripción médica y la ratificación de la idoneidad y urgencia del tratamiento por parte del Cuerpo Médico Forense.

Un punto crucial de la sentencia fue la consideración del dictamen del Cuerpo Médico Forense, que reviste un alto valor probatorio al ser de naturaleza técnica y emanar de un órgano oficial. Dicho dictamen confirmó que el Lutecio DOTA TATE es la medicación adecuada para la patología del paciente y que el tratamiento debe iniciarse a la brevedad posible. Por el contrario, se desechó la alternativa propuesta por OSDE al no contar con la aprobación de la ANMAT para el uso específico del paciente.

Alcance de la cobertura y resolución final

La jueza determinó que la falta de cobertura total de la medicación prescripta podría comprometer aún más la salud y la integridad física del Sr. S.N. Por ello, y en atención al estrecho marco cognoscitivo de las medidas cautelares, se ordenó a OSDE, en el término de DOS DÍAS de notificada la resolución (con fecha 30 de diciembre de 2025), arbitrar los medios pertinentes para garantizar la cobertura total (100%) del medicamento Lutecio DOTA TATE.

La cobertura debe realizarse en las dosis y condiciones que indique el médico tratante y por el tiempo que este lo prescriba, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la causa. Esta medida busca proteger de forma inmediata la salud del paciente ante la gravedad de su cuadro.

Preguntas Frecuentes sobre la cobertura de medicación oncológica de alto costo

¿Qué derechos tienen los pacientes oncológicos en Argentina respecto a la cobertura de medicación?

En Argentina, los pacientes oncológicos están protegidos por leyes que garantizan el acceso a tratamientos integrales. El derecho a la salud, de rango constitucional, sumado a las Leyes 23.660 y 23.661 (Ley de Obras Sociales) y la Ley de Medicamentos (Ley 26.689), establece que obras sociales y prepagas deben cubrir los medicamentos esenciales para estas patologías, incluyendo aquellos de alto costo, siempre que estén prescriptos por el médico tratante y sean necesarios para la supervivencia o mejoría de la calidad de vida del paciente.

¿Puede mi obra social o prepaga negarse a cubrir un medicamento si ofrece una alternativa?

Sí, las obras sociales y prepagas pueden proponer alternativas. Sin embargo, si la medicación prescripta por el médico tratante es la más adecuada para la condición específica del paciente y la alternativa propuesta no cuenta con la aprobación de la ANMAT para esa indicación particular, o el Cuerpo Médico Forense determina que la original es la más idónea, la justicia suele fallar a favor del paciente, priorizando la salud y la indicación del profesional. La no aprobación de ANMAT para una indicación específica es un argumento fuerte para rechazar la alternativa.

¿Cuál es la importancia del Cuerpo Médico Forense en estos casos?

El Cuerpo Médico Forense es una institución clave que emite dictámenes técnicos e imparciales. Su opinión tiene un alto valor probatorio para los jueces, especialmente en casos de amparo de salud donde se discute la pertinencia de un tratamiento o medicación. Cuando el Cuerpo Médico Forense ratifica que una medicación es la adecuada y urgente para la patología del paciente, su dictamen se convierte en un fundamento sólido para que la justicia ordene la cobertura.

¿Qué debo hacer si mi obra social o prepaga niega la cobertura de un medicamento esencial?

En primer lugar, asegúrese de tener una prescripción médica detallada y justificada. Presente el pedido formalmente a su obra social y guarde un registro de toda la comunicación. Si la negativa persiste, es fundamental buscar asesoramiento legal especializado en derecho a la salud. Un abogado podrá evaluar la viabilidad de una acción de amparo para exigir la cobertura judicialmente, especialmente si hay urgencia médica o la alternativa ofrecida no es idónea.