En una resolución que fortalece el acceso a tratamientos de medicina personalizada y alta complejidad, el Juzgado Civil y Comercial Federal N° 8 hizo lugar a una medida cautelar en el marco de una acción de amparo presentada por el Sr. C.S.J. contra OSMEDICA. El fallo ordena a la prestadora de salud brindar cobertura total e inmediata de los fármacos prescritos y un estudio genético fundamental para el diagnóstico y seguimiento de su patología.
La necesidad del tratamiento y la urgencia del diagnóstico
El paciente, cuya salud se encuentra comprometida por una patología de base hematológica, recibió por parte de su médico tratante la indicación de un esquema farmacológico específico y la realización de un estudio de alta complejidad denominado NGS (Next Generation Sequencing) en médula ósea. La demora en el acceso a estos recursos representaba un riesgo inminente para su integridad física.
Ante la falta de respuesta efectiva por parte de la obra social frente a los reclamos previos, se inició la acción de amparo de salud. La justicia evaluó que la medicación y los estudios requeridos son vitales para asegurar la continuidad del tratamiento y la recuperación del paciente.
Fundamentos judiciales: El PMO como piso y no como techo
El Juez Marcelo Gota fundamentó su decisión en la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, requisitos esenciales para el dictado de una medida cautelar. La resolución destaca que el derecho a la salud tiene raigambre constitucional y requiere una protección judicial rápida y eficaz.
Un punto clave del fallo es la aclaración sobre el Programa Médico Obligatorio (PMO). El magistrado señaló que las instituciones de salud deben extremar sus servicios para lograr la recuperación del paciente, incluso más allá de las exigencias del PMO. Este programa debe entenderse como un "piso de prestaciones mínimas" y no como un tope máximo que limite los derechos constitucionales a la vida y la salud.
Asimismo, el juzgado subrayó que, en casos donde la salud está en juego, no se deben extremar los recaudos formales, priorizando la atención médica sobre los trámites administrativos que puedan dilatar el acceso a la medicación.
Alcance de la resolución y prestaciones ordenadas
La justicia dispuso que OSMEDICA debe otorgar de forma inmediata la cobertura del 100% de las siguientes prestaciones:
- Medicamento AZACITIDINA: 14 (catorce) unidades de 100 mg (Azamex), con continuidad según prescripción médica.
- Medicamento ERITROPOYETINA: 4 (cuatro) unidades de 20000 UI (Hemax), con continuidad según prescripción médica.
- Estudio NGS (Next Generation Sequencing): Secuenciación genética a realizarse en médula ósea.
La orden judicial establece que la cobertura debe mantenerse por el tiempo que prescriba el médico tratante, bajo responsabilidad de la parte accionante y asegurando la permanencia y continuidad del tratamiento actual.
Acceso al fallo completo
Puede consultar la sentencia completa en el siguiente enlace oficial:
Ver fallo completo del Juzgado Civil y Comercial Federal N° 8