Tratamiento HIFU para cáncer de próstata: la justicia ordena cobertura total a Medicus

La Cámara Civil y Comercial Federal, Sala II, revocó un fallo de primera instancia y ordenó a Medicus S.A. cubrir de forma integral (100%) el tratamiento de ultrasonido prostático de alta frecuencia (HIFU) prescripto a un paciente oncológico de 70 años, reafirmando la prioridad de la indicación médica y el derecho a la salud.

Procedimiento médico de ultrasonido prostático de alta frecuencia para cáncer de próstata

El tratamiento HIFU (ultrasonido prostático de alta frecuencia) se ha convertido en una alternativa terapéutica menos invasiva para ciertos pacientes con cáncer de próstata localizado. En este caso, un afiliado de 70 años, con antecedentes de adenocarcinoma prostático tratado con radioterapia en 2014, sufrió una recidiva en 2023. Su médico tratante indicó el procedimiento como la mejor opción para evitar la progresión de la enfermedad.

La negativa de Medicus y el amparo judicial

A pesar de la indicación médica, Medicus S.A. rechazó la cobertura alegando insuficiente evidencia empírica, basándose en un dictamen del Cuerpo Médico Forense que categorizó la recomendación como “evidencia 2B”. El paciente inició una acción de amparo solicitando una medida cautelar para acceder al tratamiento sin demora.

Fundamentos de la Cámara

La Cámara Civil y Comercial Federal, Sala II destacó que en materia de salud, especialmente tratándose de pacientes oncológicos, debe primar la indicación del médico tratante que conoce el caso de forma integral. También recordó que las medidas cautelares requieren solo la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, ambos acreditados en el expediente.

Normativa aplicable

El tribunal citó la Ley 26.682 (Medicina Prepaga), que obliga a cubrir como mínimo el Programa Médico Obligatorio (PMO), y la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, de jerarquía constitucional, que garantiza el acceso a la salud sin discriminación por edad.

La decisión final

En consecuencia, se ordenó a Medicus brindar la cobertura integral del tratamiento HIFU, destacando que la negativa implicaba un riesgo grave e inmediato para la salud y calidad de vida del paciente.

Preguntas Frecuentes sobre el tratamiento HIFU

¿Qué es el tratamiento HIFU?

Es un procedimiento no invasivo que utiliza ultrasonido de alta frecuencia para destruir tejido canceroso de la próstata, preservando estructuras circundantes y reduciendo efectos secundarios.

¿Está incluido en la cobertura médica obligatoria?

Si bien no figura expresamente en el PMO, la ley obliga a las prepagas a cubrir tratamientos indicados por el médico tratante cuando resulten necesarios para preservar la salud y la vida del paciente.

¿Qué hacer si la prepaga niega el HIFU?

Se recomienda obtener la prescripción médica por escrito, reunir estudios y antecedentes, y acudir a asesoría legal para iniciar un amparo de salud que permita acceder al tratamiento sin demora.